
El término “dato protegido” en redes sociales ha comenzado a ocupar las tendencias después de que una usuaria de X nombrada como @KarlaMaEstrella realizara una disculpa dirigida hacia ese término.
Dicha controversia inició el 14 de febrero de 2024, cuando la usuaria de X, identificada como Karla Estrella, emitió su opinión a través de una publicación en la red social sobre la candidatura de la entonces diputada sonorense Diana Karina Barreras Samaniego, esposa de Sergio Gutiérrez Luna, Presidente de la Cámara de Diputados.
“Así estaría el berrinche de Sergio Gutiérrez Luna para que incluyeran a su esposa, que tuvieron que desmadrar las fórmulas para darle una candidatura. Cero pruebas y cero dudas”, aseguró en la publicación.
Esta publicación fue demandada por la diputada del PT, por lo que el INE ordenó a Karla Estrella retirar dicha acusación de su red social. Aunque la ciudadana acató la indicación del INE, posteriormente fue notificada sobre un proceso sancionador.
Como parte del conjunto de sanciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la ciudadana sonorense Karla Estrella fue acusada de ejercer violencia política de género, por lo que durante 30 días, a partir del 12 de julio de este año, comenzaron las disculpas públicas en dicha red social.
La legisladora realizó proceso legal contra la ciudadana y ganó en todas las instancias, por lo que se estableció una multa y la obligación de publicar la disculpa pública.

“Te pido una disculpa, DATO PROTEGIDO, por el mensaje que estuvo cargado de violencia simbólica, psicológica, por interpósita persona, digital, mediática y análoga, así como de discriminación, basado en estereotipos de género. Esto perjudicó tus derechos político- electorales porque minimizó tus capacidades y trayectoria política”.
De acuerdo con la conclusión del TEPJF, “las expresiones que efectuó Karla Estrella en su tuit son discriminatorias y generaron violencia política contra las mujeres por motivos de género, en tu perjuicio. Esto, porque el contenido de la publicación constituye violencia simbólica, psicológica, digital, por interpósita persona y análoga, las cuales minimiza tu trayectoria profesional, invisibiliza tus méritos políticos, te somete a un control patriarcal y te coloca como un símbolo del poder de un hombre. Así que, decidimos sancionar a Karla María Estrella Murrieta con una multa, así como ordenar su capacitación y sensibilización con lecturas y cursos de género y derechos humanos de las mujeres, para evitar que repita estas conductas en tu contra o de alguna otra […] Por eso pedimos que esta sentencia se haga del conocimiento en la red social X de Karla María Estrella Murrieta, como una medida de reparación”.
Tras la resolución de la Sala Superior del TEPJF, la usuaria de X debería pagar una multa, ofrecer disculpas públicas por 30 días, tomar un curso de género, realizar lecturas obligatorias de bibliografía especializada y publicar la sentencia en sus cuentas de las diversas redes sociales, además de que sería inscrita en el Registro de Personas Sancionadas del INE, por 18 meses.





