Por mayoría de votos, las y los trabajadores al servicio del Estado podrán disfrutar de un día de descanso obligatorio adicional, luego de que los legisladores aprobaron reformar el Código Administrativo de la entidad para reconocer al 2 de noviembre de cada año, como día inhábil dentro de las normas de Chihuahua.  

Esta propuesta surge al tratarse de una fecha socialmente reconocida, considerada una de las más significativas en la cultura mexicana: el Día de Muertos. 

En este sentido, Óscar Avitia Arellanes, integrante de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, remarcó que el Día de Muertos ha sido reconocido como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, ya que constituye una tradición con raíces prehispánicas, la cual ha sobrevivido hasta tiempos modernos y fortalece la identidad colectiva, la cohesión social y la transmisión intergeneracional de valores culturales. 

Cabe señalar que la reforma al artículo 93, párrafo primero, el día inhábil solo aplicará a los trabajadores del estado, siendo éstos los trabajadores de base, funcionarios y empleados de confianza, trabajadores eventuales y extraordinarios. 

Con la modificación, el artículo 93 queda redactado de la siguiente forma 

Son días de descanso obligatorio: 

  • 2 noviembre. 
  • El tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre. 
  • 1o. de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal. 
  • 25 de diciembre. 

Cabe mencionar que la iniciativa fue presentada por la diputada América Aguilar Gil, de la fracción parlamentaria del Partido del Trabajo.