
Con la reforma aprobada en Sesión Ordinaria por el Congreso de Chihuahua a la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia Escolar del Estado, se obliga a las instituciones educativas a activar de manera inmediata el Protocolo Único Para la Prevención, Detección y Actuación en Casos de Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes en las Escuelas de Educación Básica del Estado, una vez que se tenga conocimiento de la posible violencia en contra de una o un estudiante.
El diputado del PAN, Carlos Alfredo Olson San Vicente, al exponer el dictamen ante el Pleno Legislativo en representación de la Comisión de Educación, Cultura Física y Deporte, señaló que dicho Protocolo establece mecanismos concretos de prevención, detección y actuación en casos de abuso sexual, acoso escolar y maltrato, especialmente en el ámbito educativo.
En este sentido, quedó establecido que se deberá notificar a las madres y padres, tutores o quienes ejerzan la guarda y custodia, tanto de la víctima como de la o el estudiante denunciado solamente en los casos de violencia escolar ejercida entre pares.
En todos los demás tipos de violencia, particularmente en aquellos donde la violencia pueda estarse suscitando en el entorno familiar, la notificación se hará una vez que las autoridades a las que se haya dado parte ya se encuentren presentes en resguardo de la víctima.
Por último, se estableció notificar a la autoridad competente, cuando algún estudiante se ausente por cinco días consecutivos, o siete acumulados en un mes, sin justificación.
Con estas modificaciones, se busca otorgar mayor claridad a las autoridades educativas sobre qué deben hacer ante la detección de una posible situación de violencia, reducir márgenes de interpretación y favorecer una actuación uniforme, oportuna y coordinada.





