
El calendario laboral de México para 2026 ya está definido en la Ley Federal del Trabajo (LFT), que establece los días de descanso obligatorio. Estas fechas no solo representan un respiro para los trabajadores, también conmemoran momentos históricos y culturales del país.
Estas fechas aplican para los sectores público y privado, con suspensión de labores y pago conforme a la legislación vigente. El calendario oficial incluye siete feriados nacionales definidos en la norma laboral y aplicados de manera general en centros de trabajo y en el ámbito educativo.
Los días festivos serán:
- Jueves 1 de enero: Año Nuevo
- Lunes 2 de febrero: conmemoración del 5 de febrero
- Lunes 16 de marzo: natalicio de Benito Juárez
- Viernes 1 de mayo: Día del Trabajo
- Miércoles 16 de septiembre: Día de la Independencia
- Lunes 16 de noviembre: Día de la Revolución Mexicana
- Viernes 25 de diciembre: Navidad
Es importante mencionar que, cuando una persona trabajadora presta servicios en un día de descanso obligatorio, el artículo 75 señala que debe recibir el salario que le corresponde por el servicio prestado, más un salario doble adicional por ese día. Esta disposición aplica sin excepción, independientemente del tipo de jornada o sector productivo.
Fechas conmemorativas no consideradas feriados oficiales
Existen fechas relevantes en el calendario cultural de México que no están contempladas como días de descanso obligatorio en la Ley Federal del Trabajo. Entre ellas se encuentran:
- Jueves Santo
- Viernes Santo
- Día de Muertos
- Día de la Virgen de Guadalupe
Su descanso depende de políticas internas de empresas, instituciones o contratos colectivos, y no genera obligación legal de descanso.





