
El Senado de la República aprobó por unanimidad, una reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos que actualiza el marco legal y permitirá portar armas de fuego a los funcionarios de empresas públicas y órganos autónomos como Pemex, la Comisión Federal de Electricidad (CFE), el Centro Nacional de Inteligencia (CNI), el Servicio de Administración Tributaria (SAT), entre otros.
En este sentido, se argumentó que “en México es prioridad la seguridad de las áreas estratégicas y la seguridad pública”, por lo que se propuso que el personal de estas instituciones pueda portar armas de fuego, siempre que cumpla con los requisitos establecidos por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
Asimismo, la reforma también contempla modificaciones al artículo 24, fracción II de la ley, donde se especifica que podrán portar armas de fuego los integrantes de organismos públicos que justifiquen su necesidad conforme a la ley y su reglamento.
Además, la iniciativa amplía la clasificación de calibres considerados de uso exclusivo de las fuerzas armadas, incluyendo los 5.7 x 28 mm, .357 (en sus distintas variantes), y el 5.56 mm, con el fin de limitar su acceso y aplicar sanciones a quienes los porten sin autorización.
También se regula el uso de armas accionadas por gas o aire comprimido y el transporte de armamento utilizado por competidores olímpicos entre sus domicilios y campos de tiro. Entre otras medidas, se establece que los particulares que posean armas deberán designar a una persona responsable de ellas en caso de fallecimiento o ausencia legal del titular.





