La Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las escuelas del sistema de educación castrense en México no podrán rechazar ha jóvenes aspirantes a alumnos por portar el virus de inmunodeficiencia humana (VIH), ya que esto implica discriminación para con los aspirantes.
La Suprema Corte estableció conforme a los derechos de igualdad y no discriminación, que los aspirantes a estudiar en un plantel militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicana, administrados por la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) no pueden ser rechazados por portar el virus de inmunodeficiencia humana (VIH).
En este sentido, explicó que los pacientes pueden mantener controlado el virus y llevar una vida sana si siguen un tratamiento eficaz, por lo que portar el virus no implica que estén impedidos para acceder al derecho a la educación. “El diagnóstico positivo de la enfermedad no conlleva invariablemente la imposibilidad para aspirar a una especialidad a través de un concurso de selección” señaló a través de un comunicado la SCJN.
Recordemos que, el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala textualmente que “queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.