El diputado federal de Morena, Armando Corona Arvizu, presentó una iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) que busca otorgar a los trabajadores mexicanos el derecho a disfrutar de un día de descanso remunerado con motivo de su cumpleaños. 

Esta propuesta sugiere la creación del Artículo 74 Bis, el cual plantea un nuevo esquema de bienestar laboral enfocado en la salud mental y el reconocimiento de la identidad personal del trabajador. 

De acuerdo con el documento presentado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el trabajador tendría la libertad de elegir entre dos opciones para celebrar su cumpleaños: 

  • Día de descanso: No laborar en la fecha de su cumpleaños con goce íntegro de su salario. 
  • Doble remuneración: Acudir a trabajar y recibir, por esa jornada, un pago doble (el salario normal más un salario extraordinario adicional). 

Asimismo, para hacer efectivo este derecho, dicha iniciativa contempla algunos requisitos que tanto empleados como empleadores deberán seguir: 

  • Antigüedad: El derecho aplicará plenamente para aquellos trabajadores que tengan al menos seis meses continuos de servicio. Quienes tengan menos tiempo recibirán un permiso proporcional. 
  • Aviso previo: El empleado deberá notificar su elección al patrón con al menos 15 días hábiles de anticipación, salvo casos de fuerza mayor. 
  • Sanciones: El incumplimiento o la negativa injustificada por parte del patrón para otorgar este beneficio se considerará una infracción sancionable conforme a la ley. 

México es uno de los países con las jornadas laborales más extensas y menores periodos de descanso a nivel mundial. Según el legislador, reconocer una fecha de importancia personal como el cumpleaños contribuye directamente a la salud mental y mejora el clima organizacional. 

La iniciativa ahora pasará a las comisiones correspondientes para su análisis, discusión y posible aprobación en el pleno. Es importante mencionar que el diputado, Armando Corona anteriormente había propuesto la Ley Antimemes, esta ley castigaba el uso de la imagen de cualquier persona para realizar “MEMES” o Stickers.