
La Cámara de Senadores añadió un artículo transitorio a la reforma a la Ley de Amparo que establece que las modificaciones serán de aplicación retroactiva, lo que fue rechazado esta mañana por la presidenta de la república, Claudia Sheinbaum quien indicó que, incluso, es contrario a la Constitución.
La reforma a la Ley de Amparo ha sido criticada por establecer prohibiciones o limitaciones a dicho juicio cuyo objetivo principal es el de proteger los derechos humanos. Entre ellas está la prohibición a conceder suspensiones para evitar la captura de personas que están bajo investigación por delitos que merecen prisión preventiva de oficio, figura que ya fue declarada anticonstitucional por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Asimismo, la reforma a la Ley de Amparo también prohíbe conceder la suspensión que no tiene una duración permanente sino únicamente hasta que dura el juicio, para levantar el congelamiento de cuentas bancarias, aunque estos no hayan sido ordenados por un juez o solicitados por una autoridad internacional.
Después de que el Senado estableciera que la reforma tendrá efectos retroactivos, implicará que todas las personas que tengan suspensiones que estén limitadas o prohibidas con la modificación, automáticamente serán revocadas o sus efectos cambiarán sin que la persona que tramitó el amparo pueda hacer algo para defenderse.
Por ello, Sheinbaum explicó que la Constitución establece la irretroactividad de la ley y que el agregado establecido por la Cámara de Senadores es inconstitucional. “Nosotros enviamos esta iniciativa que no tenía este agregado que le hicieron en el Senado. Primero hay que respetar la Constitución que establece que no debe haber retroactividad en las leyes. Tendría que cambiarse la Constitución”, puntualizó.
El artículo 14 constitucional, uno de los más importantes en materia de defensa de los derechos humanos y fundamental para el juicio de amparo establece lo siguiente: “A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna”.
Esto significa que si se aplica la retroactividad en la reforma a la Ley de Amparo puede tener como consecuencia la revocación de suspensiones y otros efectos negativos para quienes tienen juicios de amparo en trámite actualmente, lo cual quiere decir que el transitorio agregado por el Senado es inconstitucional.





