
El pasado 15 de junio, en Chihuahua Capital, un grupo de activistas pertenecientes a los colectivos “El Álamo de Zazu” y “Superhumano” se vieron en la necesidad de intervenir en un domicilio ubicado en la colonia Cuarteles, tras una denuncia ciudadana que alertaba sobre posibles actos de crueldad animal. Al ingresar al inmueble, encontraron 29 perros en condiciones alarmantes: sin luz, sin ventilación, sin agua limpia, rodeados de heces, con heridas visibles, incluso algunos tenían gusanos.
De acuerdo con los testimonios, el lugar funcionaba como un criadero clandestino, donde los animales eran explotados para venta, en total abandono sanitario y sin ninguna forma de bienestar. Ante la gravedad de la escena, los colectivos decidieron rescatar de inmediato a los animales, quienes actualmente están bajo cuidados veterinarios en hogares temporales, debido a su delicado estado de salud.
Sin embargo, lo que ha generado mayor controversia no ha sido el sufrimiento de los animales, sino la respuesta institucional tras el rescate. Las autoridades municipales iniciaron una investigación contra los activistas por haber ingresado sin una orden judicial, argumentando una posible violación a la propiedad privada.
Los activistas sostienen que actuaron conforme al Artículo 28, fracción V del Código Penal del Estado de Chihuahua, que considera el “estado de necesidad” como excluyente de delito. Esta figura aplica cuando se busca evitar un daño mayor —como el riesgo inminente para la vida de los animales— y se notifica a la autoridad competente. Según los colectivos, esta notificación fue realizada en tiempo y forma. A pesar de ello, hoy no sólo enfrentan cuestionamientos legales, sino también amenazas presuntamente emitidas por el propietario del inmueble.
Entonces, ¿hasta qué punto debe priorizarse la legalidad formal cuando está en juego la vida de seres vivos? ¿Qué sucede cuando las instituciones encargadas de atender casos de maltrato animal no responden con la rapidez necesaria? En muchos estados del país, la falta de protocolos eficientes, personal capacitado y voluntad institucional hace que las denuncias se queden en el camino. En ese lapso, los animales siguen sufriendo o incluso mueren.
México, ocupa el tercer lugar en maltrato animal a nivel mundial. A pesar de que el marco legal ha avanzado en materia de protección animal, su aplicación es escasa. De acuerdo con una investigación del medio de comunicación “La Lista” entre 2014 y 2023, se abrieron más de 7 mil carpetas de investigación por maltrato animal en el país. Sólo 43 concluyeron en una sentencia. Es decir, menos del 1 %.
Salvar vidas no puede convertirse en una falta. La ley debe estar al servicio de la justicia, no convertirse en una trampa para quienes intervienen cuando el Estado no lo hace. La empatía, la acción solidaria y la defensa de los que no tienen voz deben contar con respaldo legal claro, no con obstáculos.





