
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los progenitores de militares pueden acceder a la pensión por fallecimiento siempre que demuestren dependencia económica, garantizando igualdad de derechos y ampliando la cobertura de los beneficios militares.
El Pleno de la SCJN explicó que exigir prueba de dependencia económica “cumple con el derecho a la igualdad, ya que no niega el beneficio, sino que condiciona su acceso a una dependencia real”. De esta forma, los padres podrán recibir la pensión militar siempre que presenten evidencia documental o testimonial que demuestre la relación de dependencia económica con el militar fallecido.
Esta medida amplía la protección social para las familias de los miembros de las Fuerzas Armadas, sin restringir los derechos ya garantizados a cónyuges, concubinas e hijos. La Corte subrayó que el criterio busca garantizar la certeza jurídica y evitar discriminaciones arbitrarias.
Con este fallo, la SCJN sienta un precedente importante para la igualdad de derechos de los familiares de los militares, asegurando que la pensión por fallecimiento sea accesible a quienes realmente dependían del ingreso del servidor público fallecido.





