El Comité Olímpico Internacional (COI) anunció su nueva política de protección de la categoría femenina en el deporte olímpico, en virtud de la cual solo las mujeres biológicas podrán competir en ella, una norma que se aplicará a partir de los Juegos Olímpicos de Los Ángeles 2028. 

En este sentido, la elegibilidad para la categoría femenina se determinará en primera instancia mediante una prueba de detección del gen SRY, únicamente presente en los hombres biológicos, que deberá dar negativo. 

“El COI considera que la presencia del gen SRY es fija a lo largo de la vida y constituye una prueba altamente precisa de que un atleta ha experimentado un desarrollo sexual masculino”, señaló el comunicado en el que se anunció la nueva norma, aprobada en sesión del Comité Ejecutivo. 

Además, se contemplarán “raras excepciones” como atletas con diagnóstico de síndrome de insensibilidad completa a los andrógenos u otras diferencias o trastornos del desarrollo sexual que no se beneficien de los efectos anabólicos o de mejora del rendimiento de la testosterona. Las atletas transgénero XY (hombres biológicos) y con trastornos del desarrollo sexual sensibles a los andrógenos deberán competir en categorías masculinas. 

La prueba para detectarlo, con extracción de saliva o sangre, es poco intrusiva en comparación con otros métodos posibles y basta con hacerla una vez en la vida, destacó el COI. 

Es importante mencionar que, la nueva política ha sido desarrollada por un grupo de trabajo creado por el COI para responder a las crecientes polémicas relacionadas con el deporte femenino. Entre ellas, las surgidas en París 2024 en torno a las victorias de las boxeadoras Imane Khelif (Argelia) y Lin Yu‑ting (Taiwán), que habían sido descalificadas del Mundial 2023 por la federación internacional (IBA) tras supuestamente fallar pruebas de elegibilidad de género.